viernes, 30 de octubre de 2015

MENOR CUANTIA

LAS PRUEBAS EN ESTOS PROCESOS:
En principio las partes han de llevar sus pruebas a la audiencia.

En caso de que no puedan así lo comunicaran al juez, expresando las pruebas que  presentaran y que hechos de la demanda  van a  probar. Si lo estima razonable el juez concederá un término  que no exceda de ocho (8) días.

Se concederá el termino indispensable si las pruebas deban practicarse en otro lugar distinto del tribunal.

RECLAMO EN AUDIENCIA:


En principio las partes han de llevar sus pruebas a la audiencia.

En caso de que no puedan así lo comunicaran al juez, expresando las pruebas que  presentaran y que hechos de la demanda  van a  probar. Si lo estima razonable el juez concederá un término  que no exceda de ocho (8) días.

Se concederá el termino indispensable si las pruebas deban practicarse en otro lugar distinto del tribunal.

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